martes, 2 de febrero de 2010

NOCIONES DE DERECHO CIVIL GENERAL



EL DERECHO CIVIL GENERAL

En terminos generales denominamos Derecho al conjunto de reglas, normas y principios de caracter juridico que regula la vida de quienes viven en comunidad.

La palabra Derecho, connota la idea de rectitud; pero si nos atendemos a la etimologia de la palabra Derecho, se deriva de la voz latina Directum o Regere que hace suponer que algo esta sometido a una fuerza superior o rectora. La voz latino Jus, con la que se designo en Roma Derecho, es simplemente una contradiccion de Jussum, participio de verbo Jubere, que significa mandar, ordenar.

Para Santo Tomas de Aquino, DERECHO es el conjunto de normas dentro de un ordenamiento de la razon natural encaminada al bien comun de todos los coasociados, o es tambien, la misma razon natural en tanto que rige a todos los pueblos de la tierra.

Para Carlos Marx, es la voluntad de la clase dominante elevada a la categoria de la ley universal obligatoria, en virtud de la coaccion estatal, ya que la ley siempre se apoya en la fuerza publica.

la regla juridica, como precepto de observancia de las relaciones humanas, aparece en el momento mismo en que surge dentro del grupo social la organizacion de la familia, la gens, el clan, la tribu, etc...

La concepcion amplia del termino DERECHO CIVIL, abarca dos reglas muy importantes a saber:
1. La reglas relativas a la estructura organiza y al poder de accion de las personas privadas, tanto individuales como colectivas, fisicas, morales o la organizacion social de la familia.

2. Las reglas bajo las cuales se desarrollan las relaciones de Derecho, derivadas de la vida de la familia, de la apropiacion de los bienes y del aprovechamiento y la utilizacion de los servicios.

EL DERECHO CIVIL, se define como el conjunto de normas juridicas que regulan de manera especial, las instituciones de la personalidad, la propiedad y la familia, en si misma y en relacion con los demas sujetos de derechos.

En consecuencia, bien podemos decir, entonces que se entiende por DERECHO CIVIL, el conjunto de normas que gobiernan las relaciones juridicas de las personas meediante el imperio de las voluntades. Esto porque el nucleo esencial de cualquier norma civilistica, es siempre una voluntad.